La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) resolvió sancionar a la Minera Imperial SpA, por su proyecto “Extracción de Árido Minera Júpiter Primera de Maipú” ubicado en la comuna de Maipú, con una multa de 1.033 unidades tributarias anuales (UTA), equivalentes a más de $834 millones. El proyecto desde el año 2001, realiza extracción de áridos de arenas de Lepanto, en un “Área de valor natural y/o de intereses silvoagropecuario” definido por el Plan Regulador Metropolitano de Santiago.
La resolución tiene su origen en dos denuncias ingresadas por la Municipalidad de Maipú, vinculadas a la extracción de áridos por parte del proyecto y que generó aguas servidas y residuos sólidos, afectación a la vegetación, suelo y fauna, emisiones atmosféricas y afloramiento de aguas subterráneas.
Esto significó que en marzo del 2023 el Liceo Reino de Dinamarca -aledaño a las faenas- no pudiera iniciar sus clases luego que la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS) emitiera un informe que indicaba altos niveles de cuarzo en la atmósfera, lo que derivó en la conformación de una mesa técnica con todos los servicios involucrados y liderada por el municipio de Maipú.
Sobre la base de todos los antecedentes recabados, y luego del análisis técnico y legal, la Superintendencia formuló un cargo contra la empresa, tras constatar que el titular ejecutó el proyecto de extracción de áridos, con más de 100.000 m3 totales de material removido en pozo lastrero ubicado al interior del fundo La Rinconada de Lo Espejo camino a Rinconada Km 7, que abarca una superficie superior a 5 hectáreas, sin contar con la respectiva Resolución de Calificación Ambiental (RCA).
La infracción fue clasificada como gravísima, por involucrar la ejecución de un proyecto al margen del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) generando los efectos, características o circunstancias previstas en el artículo 11 de la Ley 19.300. Asimismo, se estimó que la infracción imputada causó un daño ambiental de características reparables.
Al respecto, la Superintendenta Marie Claude Plumer relevó que “es importante recordar que las resoluciones de calificaciones ambientales, o permisos ambientales, cumplen con el objetivo de prever posibles afectaciones al medioambiente en la ejecución de iniciativas económicas, o por lo que su cumplimiento es una obligación para el funcionamiento de éste o cualquier otro proyecto”.
De acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (LOSMA), el monto de la multa será a beneficio fiscal y deberá ser pagado en la Tesorería General de la República en un plazo de diez días hábiles.
En tanto, la Seremi del Medio Ambiente RM, Sonia Reyes, expresó que “apenas tomamos conocimiento de la denuncia de contaminación atmosférica por parte del Liceo Reino de Dinamarca y del municipio de Maipú, en marzo del 2023, hicimos las gestiones para instalar temporalmente una estación móvil del Ministerio del Medio Ambiente, lo que permitió un monitoreo continuo y vigilancia del material particulado, y con ello prevenir los impactos a la salud de las y los alumnos del Liceo Reina Dinamarca. Esperamos que sanciones como las aplicadas en este caso por la SMA sean un ejemplo para que otras empresas realicen sus actividades productivas con respeto al medio ambiente y a la comunidad”.
Por otra parte, el año pasado el Consejo de Defensa del Estado (CDE) presentó una demanda por reparación de daño ambiental en contra de la Minera Imperial por $1.323 millones de pesos. En el escrito, admitido a tramitación en el Segundo Tribunal Ambiental el 31 de diciembre, el CDE acusa de destrucción de propiedades físicas y químicas del suelo, privación de servicios ecosistémicos de soporte y regulación, menoscabo de la biodiversidad y contaminación del aire con material particulado. Un daño considerado irreparable ya que provocó la pérdida irreversible de la calidad del suelo dañado, así como del hábitat y biodiversidad original, afectándose 83 hectáreas altamente productivas en términos agrícolas.