• En el marco del primer episodio de Preemergencia que rige durante esta jornada a la RM, fiscalizadores de la Superintendencia del Medio Ambiente realizaron inspecciones de fuentes fijas en la comuna de San Bernardo, quienes constataron calderas funcionando, por lo que se están evaluando los antecedentes para determinar las posibles acciones sancionatorias.

En el contexto de la primera Preemergencia establecida hoy por la Intendencia Regional Metropolitana, profesionales del Nivel Central de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) realizaron durante esta jornada rondas de fiscalizaciones a fuentes fijas de las empresas Consorcio Santa Marta S.A, y Soprole S.A, ubicadas en la comuna de San Bernardo, y la empresa COSSBO S.A, de la comuna de Santiago Centro.

Las inspecciones contaron con la supervisión del Superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, y del Seremi del Medio Ambiente de la Región Metropolitana, Diego Riveaux, quienes recorrieron las instalaciones de las empresas, donde se constató calderas en funcionamiento, por lo que se están evaluando estos antecedentes para determinar próximas acciones sancionatorias por parte de la autoridad.

Al respecto, el Superintendente De La Maza reforzó el llamado a las empresas sujetas al Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA), que rige para el Gran Santiago, a respetar las restricciones que fija el plan durante la Gestión de Episodios Críticos (GEC), con el objeto de evitar alcanzar altos niveles de contaminación que afecten a la población. “La intención de la SMA es relevar las acciones preventivas, las mejoras en los procesos productivos, así como el desafío de avanzar hacia la conectividad en línea del seguimiento de emisiones y variables operacionales”, destacó la autoridad.

En tanto, el Seremi Diego Riveaux, explicó que se decretó Premeemergencia Ambiental para este domingo debido a que en los últimos días la cuenca de Santiago se ha visto afectada por malas condiciones atmosféricas producto de la poca ventilación y las bajas temperaturas por eso el llamado a la población es a respetar las medidas como la Restricción Vehicular, Quemas Agrícolas y uso de Calefactores a Leña: “no solamente porque está prohibida y la estamos fiscalizando, si no porque también la leña genera contaminación intradomiciliaria, es decir, parte del humo queda dentro de las casas, y las personas vulnerables a enfermedades respiratorias –como el Covid 19- obviamente pueden tener consecuencias más graves al contagiarse con esta enfermedad o con otras que son propias del invierno, como la influenza o el virus sincicial, entre otras”.

El Superintendente señaló también que “si queremos mejoras ambientales concretas debemos centrar el foco en el cumplimiento normativo. Nuestra prioridad y esfuerzo está justamente en perfeccionar el enfoque fiscalizador y adelantarnos a este tipo de contingencias como lo que hoy estamos haciendo”.

Cabe recordar, que la paralización de la industria se aplica a las fuentes estacionarias que forman parte de un gran establecimiento industrial, cuyos titulares no acrediten mediante una medición de emisiones vigente, que la concentración de material particulado en sus emisiones, es inferior o igual a 15 mg/m3N.

El listado de Grandes Establecimientos Industriales en la RM que deben paralizar algunas de sus fuentes fijas puede revisarse en: https://mma.gob.cl/listado-de-grandes-establecimientos-en-la-rm/, y el desglose de sus fuentes fijas en: https://seremi13.redsalud.gob.cl/.

La medida que rige por un periodo de 24 horas -renovable- se inició a partir de las 00:00 horas de este domingo, día del episodio crítico.

Sanciones SMA

Las empresas que no respeten las medidas sujetas al Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para Santiago, se arriesgan a infracciones establecidas por la Ley Orgánica de la SMA que van desde:

  • Infracciones leves: amonestaciones por escrito y multas de 1 hasta 1.000 Unidades Tributarias Mensuales (UTA).
  • Infracciones graves: revocación de la RCA, clausura temporal o definitiva, y multas de hasta 5.000 UTA.
  • Infracciones gravísimas: revocación de la RCA, clausura temporal o definitiva, y multas de hasta 10.000 (UTA).