- En una época en que el Cambio Climático se ha tomado la agenda ambiental, proteger los ecosistemas y sus entornos es algo crucial para el combate del calentamiento global, especialmente los humedales que son los depósitos más grandes de carbono natural de la tierra, por lo tanto importantes purificadores de la Calidad del Aire de sus entornos.
Este jueves, el Reglamento de la Ley Nª21.202, que establece Criterios Mínimos para la Sustentabilidad para Humedales Urbanos y el procedimiento de reconocimiento de humedales urbanos, fue aprobado por el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, acción que marca un refuerzo en la protección de los humedales en las ciudades. El documento fue trabajado por el Ministerio del Medio Ambiente con el apoyo de un equipo consultor experto en humedales y comunidades del norte a sur de Chile.
Con la aprobación de este reglamento y su próxima publicación, empieza a implementarse el proceso de reconocimiento de la calidad de humedales urbanos y se establecen, por primera vez, criterios mínimos para su sustentabilidad. Con ello, se buscará el resguardo efectivo de los beneficios que estos ecosistemas entregan a las ciudades, como áreas verdes, recreación, ecoturismo, control de inundaciones, mitigación del cambio climático, entre otros.
Para la definición de criterios de sustentabilidad de humedales urbanos, el Ministerio del Medio Ambiente contó con el apoyo de ONU Medio Ambiente, bajo el Proyecto GEF Humedales Costeros, y un equipo de expertos en conservación y gestión de humedales del Centro de Humedales del Río Cruces de la Universidad Austral de Chile (CEHUM), el Centro de Derecho y Gestión del Agua de la Pontificia Universidad Católica de Chile y la consultora experta en planificación urbana, Geoadaptive.
“Con este reglamento, buscamos asegurar la protección de los humedales urbanos, otorgando a los municipios herramientas para proteger y conservar a estos ecosistemas, a través de lineamientos para establecer ordenanzas de protección de humedales, además de ser considerados en la Planificación Territorial a toda escala como área de protección de valor natural”, aseguró la ministra del Medio Ambiente, Carolina Schmidt.
Tras la aprobación del Reglamento por parte del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, la ministra de Medio Ambiente, Carolina Schmidt, junto al alcalde de Lo Barnechea, Cristóbal Lira, y el Seremi del Medio Ambiente RM, Diego Riveaux, realizaron un recorrido al Humedal La Poza, ubicado en esta comuna, ocasión en que el edil solicitó proteger el sector bajo la nueva Ley de Humedales Urbanos.
“Este reglamento es especialmente importante para esta comuna ya que tenemos 670 humedales, 14 de ellos en el sector urbano, por lo tanto con este reglamento vamos a proteger su flora, y fauna, además nos vamos a preocupar de embellecerlos para que la comunidad pueda aprovecharlos” señaló el Alcalde de Lo Barnechea, Cristóbal Lira.
“En una época en que el Cambio Climático se ha tomado la agenda ambiental, proteger los ecosistemas y sus entornos es algo crucial para el combate del calentamiento global y en lo que se deben tomar medidas más urgentes, ya que es reconocido que los humedales no solo son el hogar de muchas especies de flora y fauna del planeta, sino que contribuyen al bienestar humano desde siempre, pues actúan como fuentes de agua y proveen alimentos y recursos. Además, son los grandes purificadores al ser los depósitos de carbono natural de la tierra, por lo tanto depuradores de la atmósfera”, expresó el Seremi Diego Riveaux.
Reglamento para la Ley de Humedales Urbanos
El Reglamento de la Ley 21.202, de Criterios Mínimos para la Sustentabilidad para Humedales Urbanos, entregará lineamientos técnicos que permitan la sustentabilidad de estos humedales, resguardando sus características ecológicas e hidrológicas, promoviendo el uso racional de estos ecosistemas y la gobernanza de ellos, además de guiar a municipios en la elaboración de sus ordenanzas generales de protección de humedales. Además, compromete la elaboración de guías técnicas de apoyo para la implementación efectiva de los criterios, la delimitación y caracterización de humedales urbanos y para la evaluación ambiental de proyectos o actividades que se pretendan emplazar en humedales urbanos, además de definir el procedimiento que permitirá el reconocimiento de humedales urbanos en todo el país (ya sea por interés del MMA o por solicitudes de los mismos municipios) y con ello, comenzar con la declaración de los primeros humedales urbanos en el marco de la Ley 21.202.
La propuesta de Criterios de Sustentabilidad de Humedales Urbanos fue analizada en 13 talleres remotos en que participaron alrededor de 400 personas. Estos criterios analizados por expertos a nivel nacional, de diferentes servicios públicos, academia, organizaciones de la sociedad civil y sector privado, se dieron a conocer para recoger visiones respecto a la factibilidad de implementación de la propuesta preliminar de criterios para la sustentabilidad de humedales urbanos elaborada por el equipo consultor.
Los principales resultados de estos talleres dieron cuenta de la necesidad de fortalecer capacidades técnicas de los municipios y contar con apoyo técnico en materias de medio ambiente para la implementación de los criterios, la necesidad de propiciar instancias de participación ciudadana activa con el fin de involucrar a todos los actores del territorio, la urgencia de gestionar los humedales urbanos manteniendo sus características ecológicas e hidrológicas, y la oportunidad de avanzar hacia el desarrollo de proyectos y actividades sustentables que integren a los humedales urbanos.
Adicionalmente a este proceso de talleres, se realizó una encuesta distribuida a nivel nacional respondida por más de 400 personas, con el objetivo de identificar las principales amenazas que afectan a los humedales urbanos de Chile, y las oportunidades para su gestión. Algunas amenazas identificadas fueron la modificación del sistema natural por drenado y relleno, la presencia de basura y escombros, y el cambio en precipitación y régimen hidrológico producto del cambio climático, entre otras.
Mediante una Mesa de Trabajo Intraministerial, entre la División Jurídica, la Oficina de Evaluación Ambiental, la División de Educación Ambiental y Participación Ciudadana y la División de Recursos Naturales y Biodiversidad, del MMA se dio pie a la elaboración de la propuesta final del Reglamento de Criterios Mínimos de Sustentabilidad, elaborada en base a los resultados de la consultoría, que además incorpora el procedimiento de reconocimiento de humedales urbanos, y que cuenta con una serie de criterios para la sustentabilidad de humedales urbanos, divididos en cuatro grupos:
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- Criterios que permiten resguardar las características ecológicas y el funcionamiento de los humedales urbanos, por medio de la conservación, protección y/o restauración de las características ecológicas de los humedales urbanos y promover la mantención de la conectividad biológica en estos ecosistemas claves.
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- Criterios que permiten mantener el régimen y conectividad hidrológica tanto superficial como subterránea de los humedales urbanos, considerando al agua el principal factor controlador del ecosistema, y define la flora y fauna que lo forma.
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- Criterios de uso racional de humedales urbanos, orientado al desarrollo sustentable y protección de estos ecosistemas, considerando a los humedales como elementos clave para promover un desarrollo urbano armónico con el entorno natural.
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- Criterios que permiten la gestión sustentable y gobernanza de los humedales urbanos, propiciando la participación efectiva y gobernanza de humedales urbanos, así como la educación ambiental e investigación aplicada en humedales.
Luego de la aprobación por el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad, el reglamento debe continuar con su tramitación legal, siendo firmado por el presidente, para la posterior Toma de Razón por parte de la Contraloría General de la República. Luego debe ser publicado en el Diario Oficial para entrar en plena vigencia y así poder ser implementada de manera efectiva la Ley de Humedales Urbanos en su totalidad.