Educación Ambiental y Calidad del Aire

La Ley 19.300 de Bases Generales del Medio Ambiente, en su artículo 2, letra h, define la Educación Ambiental como un “proceso permanente de carácter interdisciplinario, destinado a la formación de una ciudadanía que reconozca valores, aclare conceptos, y desarrolle las habilidades y las actitudes necesarias para una convivencia armónica entre seres humanos, su cultura y su medio biofísico circundante”.

La misma Ley, modificada por la Ley 20.417, considera en su artículo 6°a la Educación Ambiental como un instrumento de gestión ambiental, y señala que debe ser orientada “a la comprensión y toma de conciencia de los problemas ambientales, deberá́ incorporar la integración de valores y el desarrollo de hábitos y conductas que tiendan a prevenirlos y resolverlos”.

El DS 31/2016 del MMA del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para la Región Metropolitana (PPDA), tiene por objetivo dar cumplimiento a las normas primarias de calidad ambiental de aire, asociadas a los contaminantes MP10, MP2,5 y O3, en un plazo de 10 años.

Para ello, se deben implementar de una serie de medidas, entre las que se considera la Educación Ambiental y la Gestión Ambiental Local, donde el eje principal es la educación formal, no formal e informal y cuya orientación es educar respecto de los impactos en salud, conductas preventivas, capacitaciones y difusión, en materias de descontaminación atmosférica. De acuerdo a lo anterior, ponemos a disposición de las comunidades educativas este material pedagógico y de difusión del PPDA de la Región Metropolitana.

Esperamos que este material educativo formal sea un verdadero apoyo para lograr la incorporación de las temáticas ambientales en los establecimientos educativos, especialmente porque entendemos que los docentes tienen una carga laboral muy exigente, y que la incorporación de innovaciones curriculares deben entregarse con coherencia institucional, considerar la transversalidad de asignaturas, que las actividades propuestas vayan avanzando según los objetivos de la educación ambiental, donde las primeras sean de sensibilización, luego conocimiento, hasta llegar a promover que el Establecimiento Educacional sea, un promotor activo de la sustentabilidad ambiental.

El material compartido considera también actividades que incorporan a la comunidad educativa en su conjunto, para que el componente ambiental no quede aislado en un educador, sino que involucre a más actores para conseguir la masa crítica suficiente para lograr el cambio cultural necesario.

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