Siempre con la finalidad de resguardar la salud de nuestra población, y tras las malas condiciones de ventilación que se han mantenido durante todo el fin de semana en la cuenca de Santiago, la Intendencia Regional –a sugerencia de la Seremi del Medio Ambiente RM- declara de manera preventiva PREEMERGENCIA AMBIENTAL para este MARTES 14 de julio 2020, en la Región Metropolitana de Santiago.

Durante la jornada de hoy, producto de las malas condiciones de ventilación los niveles de Calidad del Aire alcanzaron los niveles de ALERTA AMBIENTAL en las estaciones de Cerro Navia y Pudahuel, y el resto se mantuvo en REGULAR y BUENO.

Para este martes se espera una vaguada costera con paso de dorsal en altura, manteniéndose la mala ventilación, y temperaturas extremas de 3ºC y 24ºC grados, con viento predominante del NE en las estaciones al poniente de Stgo en horario con menor temperatura.

Las autoridades regionales formulan un especial llamado a la población a respetar las medidas excepcionales decretadas con este episodio, especialmente la prohibición de encender calefactores a leña y derivados de la madera en toda la Región Metropolitana.

«Se ha declarado Preemergencia Ambiental de manera preventiva, para evitar que la población se exponga innecesariamente a altos índices de contaminación. Esperamos no llegar a esta condición, pero para ello, todos debemos respetar las restricciones excepcionales que rigen en este episodio, no solo por la Calidad del Aire, sino por nuestra propia salud y de nuestras familias«, expresó el Seremi del Medio Ambiente RM, Diego Riveaux.

Se recuerda que, en PREEMERGENCIA, al Transporte de Carga Con Sello Verde –sin importar año de fabricación y que incluye a camionetas, camiones y furgones- se le aplica restricción vehicular de dos dígitos. También se mantiene la prohibición de realizar Quemas Agrícolas en toda la RM.

A las empresas que deben mantener la paralización de sus fuentes estacionarias -a contar de la medianoche de hoy- se les agradece acatar la prohibición y se hace presente que la Superintendencia del Medio Ambiente y la SEREMI de Salud fiscalizarán el cumplimiento de estas medidas.

El detalle de las medidas aplicables es el siguiente:

1.     RESTRICCIÓN VEHÍCULAR
a.     Restricción para Autos Con Sello Verde:

Se mantiene la restricción permanente de 2 dígitos, al interior del Anillo Américo Vespucio, para aquéllos vehículos Con Sello Verde inscritos antes del 1° septiembre 2011. Rige entre las 07:30 y las 21 horas.

No pueden circular los autos con patente terminadas en:

8-9

b.     Restricción para Autos Sin Sello Verde y Motos 2002:

Se mantiene la restricción permanente de transitar al interior del Anillo Américo Vespucio. Se aumenta la restricción a 6 dígitos fuera del Anillo (Provincia de Santiago más las comunas de Puente Alto y San Bernardo).

A los 4 dígitos del calendario permanente se suman 2 dígitos aleatorios.

No pueden circular fuera del Anillo, entre las 07:30 y 21:00 horas, los autos y motos con patentes terminadas en:

4-5-6-7-8-9

 

 

c.     Restricción Permanente para Motos 2010:Se mantiene la restricción permanente de 2 dígitos al interior del Anillo Américo Vespucio, para motocicletas y similares, inscritas entre el año 2002 y el 1° de septiembre del año 2010. Rige entre las 07:30 y 21:00 horas.

8-9

d.     Restricción al Transporte de Carga Con Sello Verde:

Se restringe la circulación al Transporte de Carga Con Sello Verde al interior del Anillo Américo Vespucio, de 2 dígitos aleatorios, entre las 10:00 y las 18:00 horas.

Rige para todo vehículo de carga con Sello Verde (camionetas, furgones y camiones) de cualquier año de fabricación.

4-5

e.     Restricción Permanente a vehículos de Transporte de Carga Sin Sello Verde:

Se aumenta a 6 dígitos la restricción de circular al Transporte de Carga Sin Sello
Verde al interior del Anillo Américo Vespucio. A los 4 dígitos del calendario permanente se suman 2 dígitos aleatorios, entre las 10:00 y las 18:00 horas.

6-7-8-9-0-1

2.     PARALIZACIÓN DE FUENTES FIJAS

Se ordena la paralización de las fuentes estacionarias que forman parte de un gran establecimiento industrial, cuyos titulares no acreditaron la medición de sus emisiones vigente.

La restricción rige por un período de 24 horas renovables, a partir de la medianoche de hoy.

Ver Listado de fuentes estacionarias que paralizan: seremi13.redsalud.gob.cl

3.     QUEMAS AGRÍCOLAS Prohibición de Quemas Agrícolas en toda la Región Metropolitana, entre el 15 de marzo y el 30 de septiembre.

Para denuncias de Quemas Agrícolas: 130

4.     CALEFACCIÓN RESIDENCIAL No podrán funcionar los calefactores de uso residencial que utilicen combustibles sólidos, tales como leña, y otros derivados de la madera, incluidos los calefactores a pellets de madera, en toda la Región Metropolitana.

La fiscalización y sanción de esta medida, en caso de incumplimiento, corresponderá a la Seremi de Salud RM, conforme a sus atribuciones.

Para denuncias de uso de Calefactores a Leña llamar al 600 360 7777.

Carabineros y los municipios reforzarán  las acciones fiscalizadoras de la autoridad sanitaria.